Amparos vs Reforma Educativa

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INFORMACIÓN IMPORTANTE
SOBRE AMPAROS vs REFORMA EDUCATIVA
Desde el 4 de abril se nos ha comenzado a notificar sobre la DEMANDA de AMPARO EN CONTRA DE LA REFORMA EDUCATIVA, por parte de los Juzgados 4, 5, y 6 instalados en la Ciudad de Cholula, Puebla, donde se nos informa que como parte de los resultados de la DEMANDA, hasta el momento, SE NOS OTORGA LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN CONTRA DE QUE POR MOTIVO DE LA EVALUACIÓN OBLIGATORIA, SE TENGA A AFECTACIÓN A LAS CONDICIONES Y RELACIONES LABORALES DE LOS DEMANDANTES.
LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE LA APLICACIÓN DE UN ACTO DE AUTORIDAD EN UN JUICIO DE AMPARO, SE PLANTEA CON LA FINALIDAD DE QUE ESO QUE SE COMBATE EN LO JURÍDICO, NO SE APLIQUE PARA QUE NO GENERE UN DAÑO Ó PERJUICIO A QUIENES SE LES APLICARÁ ESTA REGLAMENTACIÓN, CON LA FINALIDAD DE QUE SEA HASTA EL FINAL DEL JUICIO, QUE SE RECONOZCA QUE NO SE APLICA Y QUE SÍ SE PUEDE APLICAR, A TRAVÉS DEL CRITERIO JURÍDICO QUE APLIQUE EL JUZGADOR.
Son tres elementos de reclamo de SUSPENSIÓN PROVISIONAL que se reclama en la estructura argumental del cuerpo del amparo:
PRIMERO, se solicito que la aprobación, promulgación y la publicación de las reformas a los artículos 3° y 73 constitucionales, no se aplicará a los demandantes. (AQUÍ FUE NEGADA LA SUSPENSIÓN).
SEGUNDO, se solicito también la suspensión para que NO FUERA APLICARA OBLIGATORIAMENTE LA EVALUACIÓN A LOS DEMANDANTES (TAMBIÉN SE NEGÓ LA SUSPENSIÓN); y
TERCERO, SE PIDE LA SUSPENSIÓN PARA QUE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN OBLIGATORIA NO AFECTEN A LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN, EN SU ESTABILIDAD LABORAL Y EN EL GOCE DE SUS DERECHOS LABORALES (ESTA ÚLTIMA FUE APROBADA).
Algunas preguntas frecuentes:
¿CUÁNTO TIEMPO  DURARÁ LA SUSPENSIÓN?  El tiempo que dure este juicio, calculamos que será entre seis y diez meses aunque depende de la celeridad con que el juzgado actúe,  aclaramos que promoveremos el amparo en revisión, después de que de que salga la sentencia).
¿QUIÉNES SON LOS BENEFICIARIOS? Sólo a quienes promovieron la demanda (porque este es un acto dentro del proceso de reclamo, únicamente si las personas promueven la demanda de amparo  podrán ser el beneficiario).
         Atentamente
Cuerpo Jurídico de la CNTE

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